DEVOLUCIÓN DEL IRPF DE PRESTACIONES POR MATERNIDAD

A partir de la sentencia del Tribunal Supremo a fecha 3 de octubre de 2018 se ha acordado que ''Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas''

Además, el Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre, ha decidido la exención de IRPF a determinadas prestaciones también relacionadas con la maternidad o la paternidad y en base a estas resoluciones las personas físicas o jurídicas que deban tributar por IRPF podrán no tendrán que incluir este tipo de prestaciones en sus respectivas declaraciones.



Además, también podrán solicitar la devolución de las prestaciones percibidas desde el 2014 al 2017 pidiendo la rectificación de sus declaraciones.